La Junta de Castilla y León ha reformado la fiscalidad regional en el Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas para 2027 y ha decidido incluir una nueva figura que recuerda al conocido como impuesto al sol. Concretamente, se trata de extender el impuesto sobre la afección medioambiental, la única figura impositiva propia vigente en la Comunidad desde la supresión del tributo sobre vertederos. La normativa amplía este gravamen —que hasta ahora recaía en exclusiva sobre centrales eólicas, embalses hidroeléctricos y líneas de alta tensión— a los grandes parques fotovoltaicos y a las redes fijas de telecomunicaciones. El Ejecutivo autonómico de PP y Vox que lidera Alfonso Fernández Mañueco justifica esta actualización sosteniendo que la trayectoria del tributo aconseja adaptarlo a la realidad actual de la región ante “actividades para las que resulta patente a la ciudadanía que están generando costes sociales y medioambientales, como son los parques fotovoltaicos”.

Desde el punto de vista regulatorio, el documento señala que la inclusión de la energía solar responde a la necesidad de reforzar “la neutralidad y el respeto al principio de igualdad del texto vigente, ante actividades que persiguen el mismo objeto económico y que son generadoras, igualmente, de efectos adversos sobre el medio ambiente”. A su vez, el proyecto de ley fundamenta la medida en el principio ambiental europeo de “quien contamina, paga”. En este sentido, la norma recuerda la posición de Castilla y León como región “líder en la producción de energía renovable, que exporta mucho más de lo que consume y cuyos ciudadanos soportan las externalidades que provocan estas actividades”.

La base conceptual de la tributación radica en gravar “la generación de afecciones e impactos visuales y ambientales adversos por los parques eólicos, por los parques fotovoltaicos [...] que alteran el entorno natural, el paisaje, la flora y la fauna animal, ocupando en muchos casos suelos agrarios productivos y modificando los usos tradicionales”. Para evitar picas en la explotación, el texto estipula que la obligación fiscal se mantendrá “aun cuando las instalaciones [...] se encuentren en desuso y no sean objeto de explotación, hasta que las mismas sean desmanteladas completamente y se reponga el medio natural a su estado original”.

La cuestión también afecta a algunas modalidades de autoconsumo. Aunque la normativa declara no sujetas las instalaciones situadas “en cubiertas o tejados de edificios” y aquellas sobre suelo con una superficie inferior a cinco hectáreas, el golpe fiscal se concentra en las grandes plantas de autoconsumo industrial o agrícola sobre suelo. Para las instalaciones en modalidad de autoconsumo con excedentes que ocupen cinco hectáreas o más, la ley impone una restricción determinante: para mantener la exención, exige “que la relación entre la potencia contratada en el periodo punta P1 y la potencia de generación instalada sea al menos del 50%”. Si la potencia contratada no alcanza dicho umbral del 50%, la administración considerará que “el propósito principal sea la venta a la red de la energía generada”, retirando la exención y sometiendo a la planta a la tarifa íntegra por hectárea.

Se trata de la tercera comunidad que incluye un impuesto a la energía solar, después de que ya lo hicieran Aragón y La Rioja, ambas gobernadas por el PP. Pero en este caso, se trata de un gravamen muy superior al de las dos anteriores, denuncian fuentes de la asociación fotovoltaica, Unef.

Sube impuestos a la eólica

En paralelo al gravamen fotovoltaico, el Proyecto de Ley encarece la tributación de la energía eólica al “actualizar los importes de los tramos vigentes, cuyas cuantías han permanecido inalteradas desde su aprobación en 2012”, creando dos nuevas tarifas de 14.000 y 16.000 euros por unidad para los aerogeneradores más potentes.

Además, la reforma suprime la exención fiscal del 100% durante los primeros cinco años de funcionamiento aprobada en 2017, argumentando que “ha dejado de tener justificación, como lo pone de manifiesto que esta comunidad ocupa la primera posición por potencia instalada de todo el conjunto nacional”, por lo que el periodo libre de tributación se recorta únicamente al año de puesta en marcha y al posterior. Esta subida impositiva solo podrá suavizarse si las eléctricas abordan proyectos de repotenciación para reducir el número total de molinos o si canalizan inversiones contra la despoblación en los municipios rurales afectados.

Nuevo impuesto a las telecos

Junto a la energía solar, el Proyecto de Ley introduce un segundo tributo inédito al incorporar entre los hechos imponibles del impuesto medioambiental a los “elementos fijos de redes de comunicaciones telefónicas o telemáticas”. La Junta ampara esta decisión argumentando que se trata de infraestructuras para las que “resulta patente a la ciudadanía que están generando costes sociales y medioambientales” mediante la “generación de afecciones e impactos visuales y ambientales adversos [...] que alteran el entorno natural, el paisaje, la flora y la fauna animal”.

El nuevo gravamen fija una cuota de 700 euros por cada poste, torre o antena no conectados entre sí por cables, concediendo una exención inicial de dos años para nuevas instalaciones y eximiendo totalmente a los nuevos despliegues en municipios rurales de menos de 1.000 habitantes que carezcan de cobertura básica antes de 2027.

Golpe a las grandes eléctricas

Este nuevo esquema tributario para la fotovoltaica repercute directamente en los balances de las grandes compañías energéticas y desarrolladoras internacionales que operan en la comunidad, entre las que destacan Iberdrola, Endesa, Naturgy, Solaria, Acciona Energía o Eni. Para estas empresas, la cuantía a pagar dependerá del terreno ocupado, fijándose la base imponible en “la superficie vallada o delimitada por otros elementos fijos que conformen su perímetro, expresada en hectáreas”, o bien en la superficie de generación en el caso de plantas flotantes sobre embalses. Como margen de adaptación, la ley concede a las operadoras una exención temporal que abarca “el ejercicio de su puesta en funcionamiento, así como el siguiente ejercicio de funcionamiento completo”.

A fin de “preservar el efecto beneficioso para el medio ambiente de la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables cuando se destina al autoconsumo interno”, el texto delimita con precisión las instalaciones exentas. En primer lugar, se declara la citada no sujeción de todas las placas instaladas “en cubiertas o tejados de edificios”, lo que protege por ahora al autoconsumo residencial, industrial y de servicios. En segundo lugar, para las plantas situadas sobre el suelo, quedan no sujetas las que “ocupen una superficie inferior a cinco hectáreas”, dada su “escasa afección medioambiental causada y por la reducida capacidad contributiva puesta de manifiesto”.

Finalmente, la ley garantiza que los fondos recaudados no irán a gastos generales, sino que “se afectarán a la financiación de los programas de gasto de carácter medioambiental y de eficiencia energética”. Asimismo, las empresas titulares podrán aminorar el impacto del impuesto mediante “una deducción del 20%, con el límite del 30% de la cuota tributaria, del importe de las inversiones en programas y actuaciones concretas dirigidas a la mejora del bienestar socioeconómico y a la lucha contra la despoblación en los municipios afectados directamente”, siempre que articulen estas inversiones mediante convenios con las entidades locales o la propia administración autonómica.

El aumento de la recaudación en este ámbito compensa en parte las bonificaciones fiscales de otros ámbitos. El Proyecto de Ley de Medidas Tributarias contempla una rebaja generalizada del IRPF mediante la reducción del tipo mínimo autonómico del 9% al 8,75% (con el objetivo de alcanzar el 8% progresivamente), acompañada de un incremento de casi el 20% en las deducciones por natalidad o adopción, mejoras de más del 25% en las deducciones por discapacidad (ampliadas a descendientes), incentivos para la práctica deportiva, y nuevas deducciones para la vivienda joven (como la Cuenta Ahorro Vivienda Joven con un 15% de deducción) y el alquiler asequible (deducción de 600 euros para propietarios que pongan pisos vacíos en el mercado).

Asimismo, en el Impuesto sobre Donaciones se extiende la bonificación a familiares cercanos colaterales (hermanos, tíos y sobrinos) hasta alcanzar progresivamente el 12%, mientras que en Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) se fijan tipos reducidos para la compra de vivienda habitual por jóvenes o familias numerosas y políticas de “impuestos cero” para el suelo industrial y la transmisión de fincas en el medio rural.

Esta no es la primera vez que una comunidad autónoma incluye nuevos gravámenes a las renovables para compensar otras bajadas. Así lo hizo en la anterior legislatura el Gobierno de Aragón de Jorge Azcón, que activó un gravamen a la eólica tras bajar el IRPF.

Vox, en línea con Trump

Tanto Vox como Donald Trump comparten una narrativa de rechazo frontal a lo que califican como “fanatismo climático” y “dogmatismo verde”, priorizando la soberanía energética y la competitividad económica sobre las metas de transición ecológica. En España, Vox denuncia que el Pacto Verde Europeo y las leyes de cambio climático empobrecen a las familias e industrias, criticando la ocupación especulativa de suelos agrícolas por macroplantas solares y eólicas; aunque el partido afirma no oponerse radicalmente a las renovables como parte del mix, exige frenar el cierre de centrales nucleares y térmicas para evitar la intermitencia del suministro y la dependencia exterior.

Esta postura entronca de forma directa con la doctrina de Donald Trump en EE UU y su lema “drill, baby, drill”, articulada mediante la declaración de emergencias energéticas para acelerar las extracciones de petróleo, gas y carbón, el desmantelamiento de los programas y subsidios a la energía verde (a la que se refiere como el Green New Scam) y el abandono de tratados internacionales como el Acuerdo de París, sustentando en ambos casos una visión donde la abundancia de fuentes tradicionales y la desregulación son pilares irrenunciables de la seguridad nacional.

Source: El País · Juan Cruz Peña

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