El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha puesto fin a nueve años de instrucción del procés. Después de levantar la orden de detención contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, Llarena ha dado el último paso que le faltaba para terminar de aplicar la ley de amnistía: dejar sin efecto el procesamiento del expresidente de la Generalitat y de los dos exconsejeros que se han mantenido con él en Bélgica y cerrar el sumario del caso. Llarena remite las actuaciones a la Sala Penal para que sea esta la que archive definitivamente el procés y aplique la amnistía.

La decisión acordada ahora por Llarena es su respuesta final a la sentencia del Tribunal Constitucional que, el pasado 6 de octubre, dio la razón a los antiguos miembros del Govern que fueron condenados o procesados por malversación y declaró que el Supremo debió aplicarles en 2024 la ley de amnistía. El instructor del procés levantó ese mismo día las órdenes de detención que pesaban sobre Puigdemont, Comín y Puig, pero dejó en suspenso el cierre del procedimiento a la espera de analizar la sentencia del tribunal de garantías y de varios recursos registrados pendientes de resolver. De forma paralela, la Sala Penal amnistió el 20 de octubre al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, una decisión que avanzaba que los casos del expresidente y los dos exconsejeros huidos con él a Bélgica recibirían la misma respuesta en cuestión de días.

Los dos compañeros de viaje de Puigdemont volvieron a España después de que Llarena les levantara las órdenes de arresto, pero el expresident ha optado por quedarse y tanto él como su partido no han querido revelar cuándo regresará, aunque han insinuado que lo hará después de las elecciones generales del 29-N.

En el auto notificado este martes, Llarena expone que todavía “subsisten los indicios de participación” del expresidente catalán y los dos exconsejeros que sustentaron su procesamiento el 21 de marzo de 2018. “Se les atribuyó utilizar las facultades de los cargos que ostentaban en el Gobierno de la Generalitat de Cataluña para organizar y financiar con fondos públicos el referéndum del 1 de octubre de 2017, desatendiendo las prohibiciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dentro de una actuación dirigida a imponer unilateralmente la independencia de Cataluña al margen del orden constitucional y del propio estatuto de la comunidad autónoma”, señala Llarena.

No obstante, el juez advierte de que la sentencia dictada “por la mayoría del Tribunal Constitucional” el pasado 6 de octubre que estimó el recurso de la exconsejera Dolors Bassa y declaró que el Supremo debió amnistiar el delito de malversación atribuido a los líderes del procés “impiden mantener el procesamiento” contra Puigdemont, Comín y Puig. “La imposibilidad de continuar la persecución penal no deriva, por tanto, ni de una despenalización de la malversación y de la desobediencia para el resto de casos análogos que puedan cometerse, ni de la desaparición de los indicios que sustentaron el procesamiento contra los encausados, sino de la decisión legislativa de amnistiar las concretas conductas investigadas y del alcance atribuido a esa decisión por la mayoría del Tribunal Constitucional”, recalca el instructor.

El paso definitivo de aplicar la amnistía y archivar las actuaciones abiertas en el alto tribunal corresponde al tribunal que juzgó a los líderes independentistas, de cuyos siete miembros solo tres está actualmente en activo (Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena y Antonio del Moral). Estos magistrados ya aplicaron la medida de gracia el pasado 20 de octubre al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull en un auto en el que cargaron duramente contra el Constitucional, al que acusaron de “adornar” su sentencia sobre la amnistía con una “innecesaria grandilocuencia” y de “invadir” la jurisdicción del Supremo.

Source: El País · Reyes Rincón

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